Píldora De Estudio Tema 1 Temas Generales Operario Ayuntamiento De Logroño

Tema 1 · Temario General · Oposiciones Ayuntamiento

La Constitución
Española de 1978

Proceso constituyente, estructura, Título Preliminar, derechos y deberes fundamentales, garantías, suspensión de derechos y organización territorial del Estado.

§1 Proceso constituyente §2 Características y estructura §3 Título Preliminar §4 Derechos fundamentales §5 Principios rectores §6 Garantías §7 Suspensión y estados §8 Organización territorial
169 artículos
+ 4 disp. adicionales · 9 transitorias · 1 derogatoria · 1 final
27-12-1978
Fecha oficial: sanción y promulgación por el Rey
2 reformas
Art. 13.2 (1992) · Art. 135 estabilidad presupuestaria (2011)
Sección 1

El Proceso Constituyente: Cronología

Tras el fallecimiento del general Franco en 1975, comenzó La Transición, periodo que trajo la democracia a España. La Ley para la Reforma Política permitió el cambio de régimen. La Constitución fue ratificada en referéndum el 6 de diciembre de 1978.

20-11-1975
Muerte del General Franco
22-11-1975
Proclamación del Rey D. Juan Carlos I ante las Cortes Generales
15-12-1976
Referéndum de aprobación de la Ley para la Reforma Política
15-06-1977
Primeras elecciones legislativas
31-10-1978
Aprobación del proyecto de Constitución por las Cortes Generales
06-12-1978
Referéndum para la aprobación de la Constitución — Día de la Constitución
27-12-1978
⭐ Promulgación y sanción por el Rey — FECHA OFICIAL de la Constitución
29-12-1978
Publicación en el BOE y entrada en vigor
27-08-1992
1ª Reforma: Art. 13.2 — sufragio activo y pasivo de extranjeros en municipales
27-09-2011
2ª Reforma: Art. 135 — principio de estabilidad presupuestaria
Clave examen: Aunque el referéndum fue el 6 de diciembre (Día de la Constitución), la fecha oficial de la Constitución es el 27 de diciembre de 1978, día de su sanción y promulgación por el Rey.
Sección 2

Características y Estructura de la Constitución

La CE es la norma suprema del ordenamiento jurídico español (Superley o Ley de Leyes). Solo puede ser modificada mediante el procedimiento establecido en ella misma (Título X).

Características de la Constitución Española
📝

Formal y Escrita

Recogida en un texto escrito y formalizado, no basada en costumbre no escrita.

📕

Cerrada (Codificada)

Todo el contenido constitucional está codificado en un único texto.

🔒

Rígida

Procedimiento de reforma especialmente agravado respecto a las leyes ordinarias.

📚

Extensa

169 artículos + disposiciones. El Título I (Derechos) es el más amplio con 45 artículos.

🤝

Consensuada

Procede del acuerdo entre los diferentes grupos políticos del momento histórico.

🌍

Influenciada

Por otras Constituciones y textos internacionales (Declaración Universal de DDHH).

Dos Grandes Partes de la Constitución
⚖️

Parte Dogmática

Recoge los principios políticos fundamentales del Estado y los derechos fundamentales de los ciudadanos, con sus mecanismos de garantía.

Formada por: Título Preliminar + Título I (arts. 1–55)
🏛️

Parte Orgánica

Establece la regulación de los principales poderes del Estado (legislativo, ejecutivo, judicial) y sus relaciones entre sí.

Formada por: Títulos II a X (arts. 56–169)
Estructura Completa de los Títulos
Preámbulo

Preámbulo

Exposición de motivos. Sin fuerza de obligar pero con gran valor declarativo.

Arts. 1–9

Título Preliminar

Principios básicos en los que se sustenta el Estado Español.

Arts. 10–55 · 45 artículos · EL MÁS AMPLIO

Título I — De los Derechos y Deberes Fundamentales

5 capítulos: Españoles y Extranjeros · Derechos y Libertades · Principios Rectores · Garantías · Suspensión

Arts. 56–65

Título II — De la Corona

Regulación de la institución monárquica.

Arts. 66–96

Título III — De las Cortes Generales

Cámaras · Elaboración de Leyes · Tratados Internacionales

Arts. 97–107

Título IV — Del Gobierno y de la Administración

Organización y funcionamiento del poder ejecutivo.

Arts. 108–116

Título V — Relaciones Gobierno–Cortes

Control parlamentario del Gobierno.

Arts. 117–127

Título VI — Del Poder Judicial

Organización y principios de la justicia.

Arts. 128–136

Título VII — Economía y Hacienda

Principios económicos del Estado.

Arts. 137–158

Título VIII — Organización Territorial del Estado

Principios generales · Administración Local · Comunidades Autónomas

Arts. 159–165

Título IX — Del Tribunal Constitucional

Composición, funciones y procedimientos del TC.

Arts. 166–169

Título X — De la Reforma Constitucional

Procedimientos de reforma: ordinario y agravado.

Sección 3 · Arts. 1–9

Título Preliminar: Principios Básicos del Estado

El artículo 1.1 define el modelo de Estado: «España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho», que propugna como valores superiores la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.

El Modelo de Estado (Art. 1)
🤲

Estado Social

El Estado tiene papel activo en el bienestar de los ciudadanos. Es un aparato prestacional que ofrece servicios para incrementar la calidad de vida.

🗳️

Estado Democrático

La soberanía reside en el pueblo (art. 1.2). Los ciudadanos eligen representantes: democracia representativa.

⚖️

Estado de Derecho

Imperio de la Ley · Legalidad administrativa · Garantía de derechos · Separación de poderes (legislativo, ejecutivo y judicial).

👑

Monarquía Parlamentaria (Art. 1.3)

La forma política del Estado. El Rey carece de poderes efectivos y solo ejerce funciones simbólicas, moderadoras y arbitrales.

🗺️

Estado Autonómico (Art. 2)

Indisoluble unidad de la Nación española + derecho a la autonomía de nacionalidades y regiones. Las CCAA tienen autonomía política; los entes locales, autonomía administrativa.

Valores Superiores del Ordenamiento Jurídico (Art. 1.1)
🕊️

Libertad · Art. 9.2 CE

Los poderes públicos promoverán las condiciones para que la libertad sea real y efectiva.

⚖️

Justicia · Art. 117 CE

La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por los Tribunales.

🟰

Igualdad · Arts. 14 y 9.2 CE

Los españoles son iguales ante la ley sin discriminación.

🗳️

Pluralismo Político · Arts. 6 y 23 CE

Los partidos políticos expresan el pluralismo y la voluntad popular.

Artículos Clave del Título Preliminar
ArtículoMateriaContenido esencial
Art. 3Idioma oficialEl castellano es la lengua oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla. Las demás lenguas son cooficiales en sus CCAA.
Art. 4La banderaTres franjas horizontales roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas.
Art. 5CapitalLa capital del Estado es la villa de Madrid.
Art. 6Partidos políticosExpresan el pluralismo político. Creación y actividad libres. Estructura interna y funcionamiento democráticos.
Art. 7Sindicatos y patronalContribuyen a la defensa de intereses económicos y sociales. Estructura democrática.
Art. 8Fuerzas ArmadasEjército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire. Misión: garantizar soberanía e independencia, defender integridad territorial y el ordenamiento constitucional.
Art. 9.3Principios jurídicosLegalidad · Jerarquía normativa · Publicidad de normas · Irretroactividad de disposiciones sancionadoras desfavorables · Seguridad jurídica · Interdicción de la arbitrariedad
Sección 4 · Arts. 10–55 · Título I

Derechos y Deberes Fundamentales

El artículo 10 establece como fundamento del orden político y la paz social: la dignidad de la persona, los derechos inviolables inherentes, el respeto a la ley y a los demás, y el libre desarrollo de la personalidad. Los derechos se interpretan conforme a la Declaración Universal de Derechos Humanos.

Cap. I — Españoles y Extranjeros (Arts. 11–13)
🪪

Art. 11 · Nacionalidad

Se adquiere, conserva y pierde según la ley. Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad. Posibles tratados de doble nacionalidad con países iberoamericanos.

🎂

Art. 12 · Mayoría de Edad

Los españoles son mayores de edad a los dieciocho años.

🌍

Art. 13 · Extranjeros

Gozan de libertades públicas según tratados y ley. Solo los españoles son titulares del art. 23 (salvo sufragio municipal por reciprocidad). Extradición no para delitos políticos ni terrorismo.

Sección I · Derechos Fundamentales y Libertades Públicas (Arts. 14–29)
Art. 14

Igualdad ante la Ley

Sin discriminación por nacimiento, raza, sexo, religión u opinión. El principio de igualdad se viola cuando se trata desigualmente a los iguales.

Art. 15

Derecho a la Vida

Derecho a la vida e integridad física y moral. Prohibición de tortura y tratos degradantes. Pena de muerte abolida (desde 1995, LO 11/1995).

Art. 16

Libertad Ideológica y Religiosa

Libertad de ideología, religión y culto. Nadie obligado a declarar sus creencias. España: Estado aconfesional (ninguna confesión con carácter estatal).

Art. 17

Derecho a la Libertad y Seguridad

Detención preventiva: máximo 72 horas. Derecho a ser informado de sus derechos y a asistencia de abogado. Habeas Corpus para detenidos ilegalmente.

Art. 18

Honor, Intimidad e Imagen

Domicilio inviolable (salvo consentimiento o resolución judicial). Secreto de comunicaciones (salvo resolución judicial). Protección de datos informáticos.

Art. 19

Libertad de Residencia

Derecho a elegir libremente residencia y circular por el territorio nacional. Derecho a entrar y salir de España. No limitado por motivos políticos o ideológicos.

Art. 20

Libertad de Expresión e Información

Expresar ideas · Producción literaria y artística · Libertad de cátedra · Información veraz. Sin censura previa. Límite: honor, intimidad, infancia.

Art. 21

Derecho de Reunión

Reunión pacífica y sin armas. Sin autorización previa. Las manifestaciones en vía pública requieren comunicación previa a la autoridad.

Art. 22

Derecho de Asociación

Libre asociación. Ilegales las que persigan fines delictivos. Disolución solo por resolución judicial. Prohibidas: asociaciones secretas y paramilitares.

Art. 23

Participación en Asuntos Públicos

Directamente o por representantes elegidos por sufragio universal. Derecho a acceder en igualdad a funciones y cargos públicos.

Art. 24

Tutela Judicial Efectiva

Tutela de jueces y tribunales. Juez ordinario predeterminado · Defensa y asistencia letrada · Proceso público sin dilaciones · Presunción de inocencia.

Art. 25

Principio de Legalidad Penal

Nadie condenado por acciones que no eran delito en el momento de comisión. Penas orientadas a reeducación y reinserción. Prohibición de trabajos forzados.

Art. 27

Derecho a la Educación

Libertad de enseñanza. Enseñanza básica obligatoria y gratuita. Autonomía universitaria. Libertad de creación de centros docentes.

Art. 28

Libertad Sindical y Huelga

Derecho a sindicarse libremente. Nadie obligado a afiliarse. Derecho de huelga de trabajadores garantizando servicios mínimos esenciales.

Art. 29

Derecho de Petición

Petición individual y colectiva por escrito a los poderes públicos. Los miembros de FFAA solo pueden ejercerlo individualmente.

Sección II · Derechos y Deberes de los Ciudadanos (Arts. 30–38)
ArtículoDerecho / DeberContenido clave
Art. 30Defensa de EspañaDerecho y deber de defender España. Objeción de conciencia. Servicio militar suspendido desde 31-12-2001.
Art. 31Gastos Públicos (impuestos)Sistema tributario justo según capacidad económica. Principios de igualdad y progresividad. Nunca alcance confiscatorio.
Art. 32MatrimonioDerecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica.
Art. 33Propiedad privada y herenciaSe reconoce la propiedad privada. Expropiación solo por utilidad pública o interés social con indemnización.
Art. 35Derecho y deber al TrabajoLibre elección de profesión, promoción y remuneración suficiente. Sin discriminación por sexo.
Art. 37Negociación colectivaDerecho a la negociación colectiva y fuerza vinculante de los convenios. Medidas de conflicto colectivo.
Art. 38Libertad de empresaLibertad de empresa en el marco de la economía de mercado.
Sección 5 · Arts. 39–52 · Cap. III Título I

Principios Rectores de la Política Social y Económica

Son derechos sociales vinculados a la definición de Estado Social. Requieren una prestación activa del Estado para hacerse efectivos. Tienen nivel mínimo de protección: solo alegables ante tribunales según las leyes que los desarrollen.

Art. 39

Protección de la Familia

Protección social, económica y jurídica de la familia. Protección integral de los hijos con independencia de su filiación.

Art. 40

Pleno Empleo

Política orientada al pleno empleo. Formación profesional, seguridad e higiene en el trabajo y descanso.

Art. 41

Seguridad Social

Régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos. Prestaciones en situaciones de necesidad, especialmente desempleo.

Art. 43

Protección de la Salud

Derecho a la protección de la salud. Los poderes públicos organizan la salud pública. Educación física y deporte.

Art. 44

Cultura y Ciencia

Acceso a la cultura. Promoción de la ciencia y la investigación científica y técnica.

Art. 45

Medio Ambiente

Derecho a un medio ambiente adecuado y deber de conservarlo. Sanciones penales o administrativas + obligación de reparar el daño.

Art. 46

Patrimonio Histórico

Conservación y enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico. Ley penal sancionará los atentados.

Art. 47

Vivienda Digna

Derecho a una vivienda digna y adecuada. Nota: NO protegido por recurso de amparo ante TC. Es más una aspiración programática.

Arts. 49–50

Personas con Discapacidad y Tercera Edad

Previsión, tratamiento, rehabilitación e integración. Pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas para la tercera edad.

Art. 51

Consumidores y Usuarios

Defensa de consumidores: seguridad, salud e intereses económicos legítimos.

Sección 6 · Arts. 53–54 · Cap. IV Título I

Garantías de las Libertades y Derechos Fundamentales

El Art. 53 distingue tres niveles de protección según el tipo de derecho. Además del artículo 53, existen dos mecanismos adicionales de protección: el Defensor del Pueblo (Art. 54) y el Ministerio Fiscal.

🔵 Nivel Máximo

  • Qué derechos: Derechos fundamentales y libertades públicas (Secc. I Cap. II, arts. 15–29) + art. 14 igualdad
  • Vinculan a todos los poderes públicos
  • Requieren Ley Orgánica para su desarrollo
  • Tutela ante tribunales ordinarios por procedimiento preferente y sumario
  • Recurso de Amparo ante el Tribunal Constitucional

🟡 Nivel Medio

  • Qué derechos: Derechos y deberes ciudadanos (Secc. II Cap. II, arts. 30–38)
  • Vinculan a todos los poderes públicos
  • Requieren Ley para su desarrollo (no ley orgánica)
  • Se garantizan con el Recurso de Inconstitucionalidad
  • No protegidos por recurso de amparo

⚪ Nivel Mínimo

  • Qué derechos: Principios rectores de política social y económica (Cap. III, arts. 39–52)
  • Son mandatos morales que informan la legislación
  • Solo alegables ante tribunales según leyes que los desarrollen
  • No generan derechos subjetivos directos sin ley de desarrollo
Art. 54 · Defensor del Pueblo

👤 El Defensor del Pueblo

Alto comisionado de las Cortes Generales, designado por éstas para la defensa de los derechos comprendidos en el Título I. Puede supervisar la actividad de la Administración, dando cuenta a las Cortes Generales. Regulado por Ley Orgánica.

Designado por
Las Cortes Generales
Supervisa
La actividad de la Administración en defensa de los DDFF
Sección 7 · Art. 55 · Cap. V + Art. 116

Suspensión de los Derechos y Libertades. Los Estados de Crisis

El Art. 55 contempla dos tipos de suspensión: general (estados de excepción o sitio) e individual (para investigaciones sobre bandas armadas o terroristas, con intervención judicial y control parlamentario).

🟡 Estado de Alarma

  • Cuándo: Catástrofes, crisis sanitarias, incendios, alteraciones graves de la normalidad
  • Quién lo declara: El Gobierno, dando cuenta al Congreso
  • Duración: 15 días, prorrogables por el Congreso
  • Efectos: Solo limita derechos (no suspende propiamente)

🟠 Estado de Excepción

  • Cuándo: Libre ejercicio de derechos y funcionamiento de instituciones gravemente alterado
  • Quién lo declara: Gobierno, previa autorización del Congreso
  • Duración: 30 días, prorrogables por otros 30
  • Derechos suspendidos: Arts. 17 (libertad), 18.2 y 3 (domicilio y comunicaciones), 19 (residencia), 20 (expresión/información), 21 (reunión), 28.2 (huelga), 37.2 (conflicto colectivo)
  • Excepción: Art. 17.3 (derecho a info y abogado) NO se suspende. Plazo detención amplía hasta 10 días.

🔴 Estado de Sitio

  • Cuándo: Insurrección o acto de fuerza contra la soberanía o independencia de España
  • Quién lo declara: Mayoría absoluta del Congreso, a propuesta del Gobierno
  • Duración: La que determine el Congreso
  • Derechos suspendidos: Los del estado de excepción + garantías jurídicas del detenido (art. 17.3)
🔑 Suspensión individual (Art. 55.2): Via ley orgánica, con intervención judicial y control parlamentario, se pueden suspender arts. 17.2 y 18.2-3 para personas concretas investigadas por bandas armadas o terroristas.
Sección 8 · Arts. 137–158 · Título VIII

Organización Territorial del Estado

El Título VIII organiza el territorio en tres niveles: Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales (municipios, provincias e islas). El Art. 137 establece que todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses.

Distribución en Cascada del Poder (Art. 137)
🏴󠁥󠁳󠁣󠁴󠁿

Estado

Única entidad soberana. Titular de la soberanía nacional. Produce normas con rango constitucional y leyes con alcance general.

🏛️

Comunidades Autónomas

Autonomía política: capacidad para producir normas jurídicas con rango de ley. Gozan de autogobierno y autonomía en las competencias atribuidas por sus Estatutos.

🏙️

Entidades Locales

Autonomía administrativa: no pueden dictar normas con rango de ley, pero sí reglamentos. Reguladas por la Ley 7/1985 (LBRL). Incluye municipios, provincias e islas.

Cuatro Principios del Título VIII
🔓

1. Principio de Autonomía (Art. 137)

El Estado se organiza en municipios, provincias y CCAA. Todas las entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses. Principio dispositivo: las CCAA podían o no constituirse.

🤝

2. Principio de Solidaridad Interterritorial (Art. 138)

El Estado garantiza el equilibrio económico entre partes del territorio. Las diferencias entre Estatutos no podrán implicar privilegios económicos o sociales. Fondo de Compensación Interterritorial (art. 158.2).

🟰

3. Principio de Igualdad (Art. 139.1)

Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado.

🔓

4. Principio de Mercado Único (Art. 139.2)

Ninguna autoridad puede obstaculizar la libertad de circulación y establecimiento de personas ni la libre circulación de bienes en todo el territorio. Conecta con libertad de empresa y unidad de mercado.

CapítuloArtículosContenido
Cap. I · Principios Generales137–139Organización territorial, autonomía, solidaridad, igualdad y mercado único.
Cap. II · Administración Local140–142Municipios (gobierno, alcalde, concejales), provincias y régimen especial de islas.
Cap. III · Comunidades Autónomas143–158Acceso a la autonomía, competencias, Estatutos, Tribunal Constitucional como árbitro y financiación.


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